19 de mayo de 2023 - 13:02 Por Uriel Salamon Ecuador afronta una nueva crisis política, la cuarta desde 1997, que llevará al final anticipado de un mandato presidencial. Sin embargo, a diferencia de las ocasiones anteriores, por primera vez se da por una decisión del propio Ejecutivo e implicará también la disolución de la Asamblea Nacional y la convocatoria de nuevas elecciones, que podrían realizarse el 20 de agosto.
Para entender lo que está pasando hoy es necesario repasar los antecedente y las características que tuvieron las crisis anteriores. En 1997, en medio de una fuerte crisis económica y protestas en todo el país, el Congreso destituyó al presidente Abdalá Bucaram, alegando incapacidad mental. El mandato fue tomado de forma interina por el titular del Legislativo, Fabián Alarcón, el cual impulsó una reforma constitucional y la celebración de elecciones generales para 1998.
En 2000 tras la adopción del dólar estadounidense como moneda de curso legal, una nueva crisis económica azotó Ecuador. Una fuerte manifestación de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador, (CONAIE), impulsó a las Fuerzas Armadas (FFAA) a llevar adelante un golpe de estado. La falta de reconocimiento internacional al triunvirato militar llevó a una salida institucional que se logró con la salida del poder del presidente Jamil Mahuad y del vicepresidente, Gustavo Noboa.
Elegido en 2002, para el periodo 2003-2007, unos de los líderes del golpe de estado contra Mahuad, Lucio Gutiérrez, asumió el poder apoyado apoyado por Pachakutik, el partido político que nucleaba a los intereses de los pueblos originarios. Sin embargo, su viraje ideológico rompió esa alianza y eso le fue restando poder. Los escándalos de corrupción, las acusaciones de autoritarismo, las protestas en su contra y la decisión de destituir a la Corte Suprema de Justicia fue generando un contexto que derivó en el 2005 en el retiro del apoyo por parte de las FFAA.
Por su salida del palacio de gobierno y la situación de caos, intervino el Parlamento que decidió la destitución de Lucio Gutiérrez basados en una cláusula de la Constitución que permitía al Congreso remover al presidente del país por “abandono del cargo”. Gutiérrez había violado la Constitución y roto el orden constitucional al haber intervenido la Justicia. Fue reemplazado por su vicepresidente Alfredo Palacio, quien culminó el mandato en 2007.
Ahora, la situación es diferente porque si bien el Congreso Nacional impulsaba una posible destitución del Presidente Guillermo Lasso mediante la realización de juicio político, fue el propio mandatario quien se amparó de un artículo de la constitución sancionado por Rafael Correa en 2008 y que es denominado popularmente como "muerte cruzada". Este mecanismo contempla la terminación anticipada del periodo de funciones de los titulares de los poderes ejecutivo y legislativo simultáneamente. Al mismo tiempo se debe llamar a elecciones para elegir nuevos diputados y presdiente. Deberán realizarse en el mismo acto eleccionario. El presidente o legisladores en funciones tienen permitido participar en esa elección, siempre que estén ejerciendo por primera vez el cargo de manera consecutiva.
El artículo en cuestión es el 148° que establece:
El Presidente de la República podrá disolver la Asamblea Nacional cuando, a su juicio, ésta se hubiera arrogado funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional; o si de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, o por grave crisis política y conmoción interna. Esta facultad podrá ser ejercida por una sola vez en los tres primeros años de su mandato. En un plazo máximo de siete días después de la publicación del decreto de disolución, el Consejo Nacional Electoral convocará para una misma fecha a elecciones legislativas y presidenciales para el resto de los respectivos períodos. Hasta la instalación de la Asamblea Nacional, el Presidente de la República podrá, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, expedir decretos-leyes de urgencia económica, que podrán ser aprobados o derogados por el órgano legislativo.
La medida excepcional que se aplicará por primera vez desde su promulgación tiene un formato similar en Perú, donde el presidente puede disolver al Congreso, autorizado por el artículo 134 de la Constitución peruana, aunque allí el presidente no pierde su cargo, salvo que como en el caso de Pedro Castillo el legislativo se anticipe y lo saqué del poder
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Decreto firmado por el Presidente de Ecuador que determina la caducidad de los mandatos
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La decisión del Presidente Lasso se da en medio de un grave enfrentamiento con la oposición parlamentaria, quien hace un mes ya había azuzado con utilizar la misma herramienta cuando le pidió al mandatario que decrete la muerte cruzada por “grave crisis política y conmoción interna”. Incluso el propio ex presidente Correa, autor de la norma, cuya aplicación por parte de Lasso la consideró ilegal, amenazó con su aplicación en la previa a las elecciones generales de 2017, en ese momento, Correa terminando su 3° mandato, afirmó : “Si gana la oposición y quieren destrozar todo lo ganado, existe la figura de muerte cruzada. Tenemos mayoría en la Asamblea y en un año nos podríamos ver de nuevo”. Finalmente, el triunfo correspondió a su vicepresidente Lenin Moreno y la medida no se aplicó.
Guillermo Lasso decidió tomar esta opción que le permitirá gobernar provisoriamente por decreto ante la amenaza de su destitución por juicio político impulsado por el correismo que lo acusaba de malversación de fondos públicos por supuestamente tener conocimiento de actos de corrupción de funcionarios que habrían otorgado de forma fraudulenta varios contratos de transporte de petróleo, a pesar Lasso sostenía que los contratos se firmaron durante el anterior gobierno de Lenín Moreno (2017-2021), y que su administración solicitó a la Contraloría (Tribunal de Cuentas) una revisión de los mismos.
Finalmente Lasso utilizó una herramienta creada por Correa y nuevamente en Ecuador, una crisis política, termina con un mandato presidencial de forma anticipada.